Articulo 28 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
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»Artículo 28.
Vigente
1. Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes, elevará a definitiva la relación de admitidos y excluidos, resolviendo acerca de las impugnaciones formuladas.
2. La relación definitiva se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-2011 en vigor desde 29-05-2011