Articulo 28 Régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 28. Carga lectiva superada.
Vigente
En los casos en que el número de créditos a superar para la obtención del título oficial de Máster Universitario sea superior a 60, la continuación de la condición de becario en un segundo año exigirá haber superado todos los créditos de que se hubiera matriculado en el primer año y quedar matriculado en todos los créditos que resten para obtener la titulación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-01-2008 en vigor desde 18-01-2008