Articulo 28 Reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias
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»Artículo 28. Derecho de acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación.
Vigente
Los poderes públicos canarios fomentarán la formación y el acceso a las nuevas tecnologías, participando activamente en la sociedad del conocimiento, la información y la comunicación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-11-2018 en vigor desde 06-11-2018