Articulo 28 Presupuestos Generales para 2022 de Navarra
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»Artículo 28. Transporte y comedores escolares.
Vigente
La persona titular de la Dirección General de Recursos Educativos del Departamento de Educación podrá autorizar movimientos de fondos que se realicen entre partidas destinadas al transporte escolar y aquellas que fuese necesario habilitar para su adecuada ejecución.
Asimismo, podrá autorizar movimientos de fondos entre partidas destinadas a los comedores escolares y aquellas que fuese necesario habilitar para su adecuada ejecución.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022