Articulo 28 Presupuestos 2019 Madrid

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Artículo 28. Retribuciones de los funcionarios a los que no es de aplicación el sistema retributivo previsto en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid

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Las cuantías de las retribuciones íntegras de los funcionarios que por no tener aprobada la aplicación del sistema retributivo previsto en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y en tanto por el Consejo de Gobierno se acuerde la aprobación de las correspondientes relaciones de puestos de trabajo o la integración en las mismas de colectivos de personal procedente de transferencias del Estado, se regirán por lo dispuesto en el artículo 23 de esta ley, manteniéndose la misma estructura retributiva.