Articulo 28 Organización ...autonómico

Articulo 28 Organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico

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Artículo 28. Nombramiento y estatuto personal.

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1. Las personas titulares de las secretarías generales técnicas, de las direcciones generales y de las delegaciones territoriales serán nombradas y separadas libremente por decreto del Consejo de la Xunta, atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia, entre personas que reúnan los requisitos de solvencia académica, profesional, técnica o científica que en cada caso sean necesarios para el desarrollo de la función.

2. Las personas titulares de las vicesecretarías generales, subdirecciones generales y secretarías territoriales serán nombradas y separadas, a través del procedimiento de libre designación regulado en la Ley de la función pública de Galicia, por la persona titular de la consejería de que dependan entre funcionarios de carrera del grupo A1. La designación de este personal se realizará mediante convocatoria pública, que consiste en la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

3. Las convocatorias para la provisión de puestos de libre designación incluirán los siguientes datos:

  1. La identificación del puesto.

  2. Los requisitos necesarios para participar en la convocatoria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2010 en vigor desde 01-01-2011