Articulo 28 Normas de org...ntratación

Articulo 28 Normas de organización y funcionamiento de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 28. Competencias de la División de Promoción de la Integridad en la Contratación Pública y Coordinación Institucional.

Vigente

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min


La División de Promoción de la Integridad en la Contratación Pública y Coordinación Institucional desarrollará las siguientes competencias:

a) Promover e impulsar planes de integridad, así como medidas de prevención, control y asesoramiento relativos a las irregularidades, fraude, corrupción y conflictos de intereses que se produzcan en materia de contratación pública, derivadas de la actividad de supervisión de la Oficina.

b) Analizar los hechos e informaciones, comunicados a través de los canales establecidos por la Oficina, que puedan poner en riesgo la integridad de la contratación pública cuando sean susceptibles de ser constitutivos de delito o infracción, proponiendo, en su caso, al Pleno de la Oficina las actuaciones que resulten oportunas.

A los efectos de esta norma, se entenderá por riesgos a la integridad en la contratación pública las prácticas irregulares, fraudulentas o corruptas en dicho ámbito.

c) Recibir propuestas de actuaciones de la División de Supervisión de la Contratación Pública si, derivada de sus investigaciones, se detectasen prácticas reiteradas o supuestos problemas sistémicos en materia de contratación y, en su caso, formular propuestas a la División de Regulación de la Contratación Pública a los efectos oportunos.

d) Elevar al Pleno aquellos supuestos en que tenga conocimiento de hechos constitutivos de delito o infracción a nivel estatal, autonómico y local para su traslado inmediato, a través de la Presidencia, a la fiscalía u órganos judiciales competentes o a las entidades u órganos administrativos competentes, incluidas, las Oficinas y Agencias en materia de prevención y lucha contra la corrupción del sector público, al Tribunal de Cuentas o a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia o sus órganos autonómicos equivalentes.

e) Colaborar con los órganos competentes en la formación de personal en materia de aplicación de buenas prácticas en la prevención y lucha contra las irregularidades, fraude, corrupción y conflictos de intereses que se produzcan en el ámbito de la contratación pública.

f) Impulsar y coordinar la elaboración del plan estratégico de la Oficina, del Programa anual de actuaciones y del Código Ético del personal al servicio de la Oficina, así como de su publicidad, revisión y seguimiento.

g) Impulsar y coordinar la elaboración del informe anual de actuaciones de la Oficina.

h) Coordinar las actuaciones del Secretario o Secretaria General y trasladar las mismas al Pleno para la adopción, en su seno, de las decisiones correspondientes.

i) Ejercer las funciones de Secretaría del Pleno.

j) Asistir a la persona titular de la Presidencia en sus funciones de representación institucional de la Oficina, así como coordinar las relaciones institucionales de la Oficina.