Articulo 28 Memoria Histórica y Democrática de Cantabria
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»Artículo 28. Medidas de fomento en relación con los lugares inscritos.
Vigente
El Gobierno de Cantabria colaborará en la conservación, mantenimiento y rehabilitación de los Lugares y Sendas de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria, dentro de los límites de las disponibilidades presupuestarias.