Articulo 28 Medios públicos de comunicación audiovisual
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»Artículo 28. Comisión de economía y control.
Vigente
El número de miembros y las normas de funcionamiento de la comisión de economía y control se fijarán estatutariamente o, en su caso, por las normas de funcionamiento interno de la entidad, que, en todo caso, favorecerán la independencia de su funcionamiento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-12-2011 en vigor desde 17-12-2011