Articulo 28 Medidas tributarias 2010 Aragón
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»Artículo 28. -Modificaciones en el Impuesto sobre el daño medioambiental causado por las instalaciones de transporte por cable.
Vigente
Se modifica la letra
a) del artículo 7 del Texto Refundido de la Legislación sobre Impuestos Medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón, con la siguiente redacción.
«a) Transporte de personas en las instalaciones por cable definidas en el artículo siguiente que se encuentren situadas en el medio natural propio de las áreas de montaña, delimitadas conforme a su normativa específica.»