Articulo 28 Medidas tributarias 2006 Aragón
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»Artículo 28. -Modificación del plazo de resolución del recurso de reposición.
Vigente
(DEROGADO)
Se modifica el artículo 9 de la Ley 1/1998, de 16 de febrero, sobre reclamaciones tributarias en la Comunidad Autónoma de Aragón, con la siguiente redacción.
«1. El plazo máximo para notificar la resolución del recurso de reposición será de un mes desde el día siguiente al de presentación del recurso.
2. Transcurrido el plazo de un mes desde su interposición sin que se hubiera notificado la resolución expresa, el interesado podrá considerar desestimado el recurso, computándose desde esa fecha el plazo para la interposición, en su caso, de lacorrespondiente reclamación económico-administrativa.»
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 13/2009, de 30 de diciembre, de Medidas Tributarias de la Comunidad Autonoma de Aragon.
(BOA de 31-12-2009) en vigor desde 01-01-2010