Articulo 28 Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
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»Artículo 28. Modificación de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid
Vigente
La Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, se modifica en los siguientes términos:
Uno. El inciso primero del apartado 1 del artículo 5 queda redactado en los siguientes términos:
"1. El Consejo de Ciencia y Tecnología, como órgano consultivo de la Consejería de Educación, asumirá, entre otras, las siguientes funciones:"
Dos. El apartado 3 del artículo 11 queda redactado en los siguientes términos:
"3. Para la mejor coordinación y utilización de los recursos públicos, las Consejerías deberán informar a la Consejería de Educación de los convenios y contratos que proyecten concluir en materia de investigación científica e innovación tecnológica".
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2010 en vigor desde 01-01-2011