Articulo 28 Medidas Fiscales y Administrativas 2015 de Madrid
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Artículo 28. Creación del Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid

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Se crea el Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid, como órgano de deliberación, consulta y participación de los jóvenes madrileños.

El Consejo estará vinculado a la Consejería competente en materia de juventud. Sus funciones y organización interna serán objeto de regulación mediante reglamento .

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2015 en vigor desde 01-01-2016