Articulo 28 Medidas Fiscales y Administrativas 2015 de Madrid
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»Artículo 28. Creación del Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid
Vigente
Se crea el Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid, como órgano de deliberación, consulta y participación de los jóvenes madrileños.
El Consejo estará vinculado a la Consejería competente en materia de juventud. Sus funciones y organización interna serán objeto de regulación mediante reglamento .
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2015 en vigor desde 01-01-2016