Articulo 28 Medidas Fisca... de Aragón

Articulo 28 Medidas Fiscales y Administrativas 2014 de Aragón

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Artículo 28. Modificación de la Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de protección civil y atención de emergencias de Aragón.

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La Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de protección civil y atención de emergencias de Aragón, se modifica en los términos siguientes.

1. La letra a) del apartado 1 del artículo 55 queda redactado como sigue:

«a) No adoptar los planes de autoprotección exigidos por la normativa básica de autoprotección vigente a nivel estatal y autonómico, ni someterlos, si procede, a la aprobación de la autoridad competente y a la posterior homologación de la Comisión de la Protección Civil de Aragón.»

2. Se añade una nueva letra g) en el artículo 57, pasando la anterior letra g) a ser la nueva letra h), con la siguiente redacción:

«g) No adoptar los planes de autoprotección preceptivos establecidos por las entidades locales en desarrollo de la normativa básica de autoprotección, ni proceder a la aprobación de la autoridad competente, en aquellos casos que no deban ser tipificados como infracción muy grave.»

«h) Las acciones u omisiones constitutivas de las infracciones previstas en el artículo anterior cuando por su naturaleza, ocasión o circunstancia, no deban ser calificadas como graves.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2014 en vigor desde 01-01-2015