Articulo 28 Gobierno abierto

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Artículo 28. Condiciones para la reutilización.

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En la reutilización de la información, los únicos condicionantes serán aquellos que marquen las licencias bajo las que esté la información que se publique, así como lo dispuesto en la legislación básica sobre reutilización de la información del sector público.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-05-2013 en vigor desde 24-11-2013