Articulo 28 Función pública de I Balears
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Articulo 28 Función pública de I. Balears

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Artículo 28. Acceso extraordinario a las especialidades de la administración auto nómica por superación de pruebas o cursos específicos

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La administración autonómica puede convocar pruebas específicas o cursos selectivos para que el personal funcionario pueda acceder a una especialidad determinada del cuerpo y la escala propios, de conformidad con los requisitos y las condiciones que se establezcan reglamentariamente.

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  • Texto Original. Publicado el 03-04-2007 en vigor desde 03-07-2007