Articulo 28 Función Publi...-Derogada-

Articulo 28 Función Publica de Asturias -Derogada-

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Artículo 28.

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1. La plantilla de personal funcionario de carrera de la Administración del Principado de Asturias estará formada por la totalidad de las plazas que integran los distintos Cuerpos de la misma.

2. La plantilla del personal laboral de la Administración del Principado de Asturias comprenderá la totalidad de los puestos de trabajo de esta naturaleza, relacionados en cada Consejería por Centros o Dependencias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-1985 en vigor desde 19-01-1986