Articulo 28 Economía sostenible

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Artículo 28. Mejora de la supervisión financiera.

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Las autoridades financieras incorporarán al ejercicio de sus facultades de inspección y sanción los principios, normas y criterios de calidad incorporados en las Disposiciones finales quinta, séptima, octava, novena y décima de esta Ley.

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  • Texto Original. Publicado el 05-03-2011 en vigor desde 06-03-2011