Articulo 28 Creación de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 28. Otros organismos.
Vigente
La Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra colaborará con otros organismos o entidades públicos o privados en el ámbito de la prevención y lucha contra el fraude y la corrupción.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-05-2018 en vigor desde 23-08-2018