Articulo 28 Conservación ...naturaleza

Articulo 28 Conservación de la naturaleza

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 28.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los Planes Rectores de Uso y Gestión tendrán una vigencia de cinco años.

Transcurrido dicho plazo serán obligatoriamente revisados siguiendo los mismos trámites de su aprobación previstos en esta Ley.