Articulo 28 Consejo Valenciano de Inclusión y Derechos Sociales, consejos locales y zonales de inclusión, órgano de concertación y Observatorio del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales
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»Artículo 28. Adscripción y estructura de gestión
Vigente
1. El Observatorio del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales estará adscrito a la dirección general con competencias en materia de investigación en servicios sociales.
2. Orgánicamente vinculado a la dirección general con competencias en materia de investigación en servicios sociales de la conselleria competente en materia de servicios sociales, el Observatorio dispondrá de la estructura y dotación de personal necesarias, para darle la cobertura logística y de gestión que requiera.