Articulo 28 Caza de Navarra
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»Artículo 28. Aprovechamiento cinegético en los cotos del Gobierno de Navarra.
Vigente
El Gobierno de Navarra determinará la adjudicación de los aprovechamientos de sus cotos con criterios de sostenibilidad del recurso, conservación de la biodiversidad y carácter social.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2005 en vigor desde 29-12-2005