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Articulo 28 Cambio climático y transición energética de Canarias

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Artículo 28. Organización de eventos, actos públicos y servicios de hostelería.

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1. La licitación de contratos para la organización de eventos y actos públicos de carácter social, cultural, deportivo o de naturaleza similar que lleven a cabo las administraciones públicas de Canarias y los entes del sector público institucional incorporarán en los correspondientes pliegos los criterios de sostenibilidad y de reducción de emisiones y residuos asociados a los mismos. Para aquellos envases que no dispongan de alternativa por seguridad alimentaria, sanitaria o por la propia naturaleza del evento se dispondrá de recogida selectiva de los residuos de envases por parte de los organizadores de los eventos de conformidad con lo que se establezca en las ordenanzas de las entidades locales y los planes de gestión de residuos para la prestación de servicios en la organización de eventos, actos públicos y servicios de hostelería.

2. En los contratos de servicios de hostelería, catering y restauración, así como en los contratos de suministros de carácter alimentario, en especial en centros educativos y de salud, se impulsarán criterios de adjudicación que incidan en el origen ecológico, la frescura de los productos y procesos productivos, los desperdicios alimentarios, así como en la eficiencia energética y las menores emisiones en su transporte.

3. Para aquellos envases que no dispongan de alternativa por seguridad alimentaria, sanitaria o por la propia naturaleza del evento se dispondrá su recogida selectiva por parte de los organizadores de los eventos a través de los medios que proporcionan los sistemas integrales de gestión dentro de los planes de gestión de residuos para la prestación de servicios en la organización de eventos, actos públicos y servicios de hostelería.

4. Para garantizar una correcta gestión de los residuos generados, las entidades locales incluirán en las ordenanzas municipales relativas a instalaciones eventuales, actividades, ferias, romerías, festivales y eventos en general, criterios relativos a la responsabilidad de sus titulares en lo referente a la separación selectiva, garantizando que las diferentes fracciones de residuos se separen en origen y se recojan selectivamente.