Artículo 28 bis Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración
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»Artículo 28 bis. Planificación normativa.
Vigente
El Gobierno de La Rioja aprobará anualmente mediante acuerdo un plan normativo que contendrá las iniciativas legales y reglamentarias que vayan a ser elevadas para su aprobación el año siguiente, y que será publicado en el Portal de la Transparencia.
El contenido, procedimiento y alcance de esta planificación se establecerá reglamentariamente.
Modificaciones
- Modificación realizada (28 bis (se añade)) por Ley 2/2018, de 30 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2018
(BOR de 31-01-2018) en vigor desde 01-02-2018 - Texto Original. Publicado el 07-06-2005 en vigor desde 01-02-2018