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Articulo 28 Actividad física y deporte de I. Balears

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Artículo 28. Competiciones internacionales

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Son competiciones internacionales aquellas en las cuales participen de manera efectiva equipos, selecciones o deportistas procedentes de diferentes países de forma simultánea o sucesiva.

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  • Texto Original. Publicado el 11-02-2023 en vigor desde 03-03-2023