Articulo 279 normas finan...e la Unión

Articulo 279 normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión

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Artículo 279. Disposiciones transitorias

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1. Los compromisos jurídicos en relación con las subvenciones que ejecutan el presupuesto en el contexto del marco financiero plurianual 2014-2020 podrán seguir adoptando la forma de decisiones de subvención. Las disposiciones del título VIII aplicables a los acuerdos de subvención se aplicarán mutatis mutandis a las decisiones de subvención. La Comisión revisará el uso de las decisiones de subvención en el marco financiero plurianual posterior a 2020, en particular a la vista de los avances realizados en el ámbito de la firma electrónica y la gestión electrónica de las subvenciones en ese momento.

2. A partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, las decisiones de la Comisión por las que se autoriza el uso de sumas a tanto alzado, costes unitarios y tipos fijos adoptadas de conformidad con el artículo 124 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 serán modificadas por el ordenador competente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 181 del presente Reglamento.

3. Seguirán aplicándose las disposiciones del Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 y del Reglamento Delegado (UE) n.o 1268/2012 a los compromisos jurídicos adquiridos antes de la entrada en vigor del presente Reglamento. Las evaluaciones por pilares, los modelos de convenios de contribución y los acuerdos marco de colaboración financiera podrán seguir aplicándose y se revisarán cuando proceda.

4. Respecto de las contribuciones financieras del FEAG, incluido el apoyo a los ninis, para las cuales el período estipulado en el artículo 16, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 1309/2013 no haya expirado el 1 de enero de 2018, la Comisión evaluará si los servicios personalizados prestados a los ninis son subvencionables con la cofinanciación del FEAG más allá del 31 de diciembre de 2017. Si la Comisión llega a la conclusión de que tal es el caso, modificará las decisiones correspondientes sobre la contribución financiera en consecuencia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-07-2018 en vigor desde 02-08-2018