Articulo 279 Hacienda y Sector Público
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Artículo 279. Plan anual de auditorías.

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1. La Intervención General de la Administración de la Comunidad elaborará anualmente un plan de auditorías en el que se incluirán las actuaciones a realizar durante el correspondiente ejercicio. El plan anual incluirá las actuaciones correspondientes a subvenciones y ayudas públicas así como las de supervisión continua de entidades dependientes de la Comunidad que se realicen en el ámbito de la auditoría pública.

2. El Plan anual determinará la modalidad de auditoría a realizar y establecerá el alcance de cada una de ellas, pudiéndose combinar objetivos correspondientes a la auditoría de cuentas anuales, de cumplimiento y operativa. Se podrá incluir en el Plan la verificación del cumplimiento de determinados objetivos o fines por parte de la entidad auditada, especialmente cuando la financiación esté condicionada al cumplimiento de los mismos.

3. La Intervención General de la Administración de la Comunidad podrá modificar el Plan anual de auditorías cuando se produzcan circunstancias que lo justifiquen.

Modificaciones