Articulo 274 Reglamento general de la Ley de urbanismo para la isla de Mallorca
Artículo 274. Información en las obras
1. Es obligatoria la exhibición en el lugar de la obra de un cartel informativo, con las dimensiones y con las características adecuadas para que se pueda observar correctamente desde la vía pública o desde un espacio accesible, que contenga los datos siguientes:
a) La identificación de la licencia urbanística otorgada, con el número de expediente y con la fecha de aprobación.
b) La identificación de la persona o de la entidad promotora y de la empresa constructora.
c) La identificación y la titulación de la persona proyectista, de la directora de la obra, de la directora de la ejecución y de la coordinadora de seguridad y salud.
d) La fecha de inicio y la de finalización de las obras.
e) Los datos restantes que establezcan las normas urbanísticas del plan general.
2. Si el acto no está sujeto a licencia, se ha de exhibir en lugar visible y accesible una copia de la comunicación previa, de la orden de ejecución, del acuerdo de aprobación del proyecto correspondiente si se trata de una obra pública exenta de licencia, o del título habilitante correspondiente, con indicación de los datos a que se refieren las letras b) y c) del apartado 1.
3. La información contenida en el cartel informativo o en la copia del título habilitante se tiene que poder leer claramente durante el tiempo que dure la ejecución de la actuación.