Articulo 273 Reglamento general de la Ley de urbanismo para la isla de Mallorca
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»Artículo 273. Autorización de las modificaciones durante la ejecución de las obras
Vigente
El régimen de autorización de las modificaciones durante la ejecución de obras es el que determina el artículo 156 de la LUIB. La ejecución de obras sin el cumplimiento de las determinaciones que corresponden en cada caso establecidas en el artículo mencionado, se entenderá efectuada en contravención a la licencia urbanística o a la comunicación previa, a los efectos de lo que dispone el título VIII de la LUIB.