Articulo 272 Sistema común del IVA
Artículo 272
1. Los Estados miembros podrán dispensar a los sujetos pasivos siguientes de determinadas obligaciones o de toda obligación contemplada en los capítulos 2 a 6:
a) los sujetos pasivos cuyas adquisiciones intracomunitarias de bienes no estén sujetas al IVA de conformidad con el apartado 1 del artículo 3;
b) los sujetos pasivos que no realicen ninguna de las operaciones contempladas en los artículos 20, 21, 22, 33, 36, 136 bis,138 y 141; (NOTA: Párrafo con efectos desde el 1 de julio de 2021)
c) los sujetos pasivos que sólo realicen entregas de bienes o prestaciones de servicios exentas en virtud de los artículos 132, 135 y 136, de los artículos 146 a 149 y de los artículos 151, 152 y 153;
d) (Suprimido)
e) los sujetos pasivos que se beneficien del régimen común global de los productores agrícolas.
Los Estados miembros no podrán dispensar a los sujetos pasivos contemplados en el párrafo primero, letra b), de las obligaciones de facturación previstas en el capítulo 3, secciones 3 a 6, y en el capítulo 4, sección 3.
2. Cuando hagan uso de la facultad prevista en la letra e) del párrafo primero del apartado 1, los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para la correcta aplicación del régimen transitorio de tributación de las operaciones intracomunitarias.
3. Los Estados miembros podrán dispensar a los sujetos pasivos que no estén comprendidos en el apartado 1 de determinadas obligaciones contables contempladas en el artículo 242.
- Modificación realizada (272 (apdo. 1.d), se suprime)) por Directiva (UE) 2020/285 del Consejo de 18 de febrero de 2020 por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en lo que respecta al régimen especial de las pequeñas empresas, y el Reglamento (UE) n.º 904/2010, en lo que respecta a la cooperación administrativa y al intercambio de información a efectos de vigilancia de la correcta aplicación del régimen especial de las pequeñas empresas
(DC de 02-03-2020) en vigor desde 22-03-2020 - Modificación realizada (272 (apdo. 1.b)) por Directiva (UE) 2019/1995 del Consejo de 21 de noviembre de 2019 por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a las disposiciones relativas a las ventas a distancia de bienes y a ciertas entregas nacionales de bienes
(DC de 02-12-2019) en vigor desde 22-12-2019 - Artículo modificado por DIRECTIVA 2010/45/UE DEL CONSEJO de 13 de julio de 2010 por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema comun del impuesto sobre el valor añadido, en lo que respecta a las normas de facturacion
(DC de 22-07-2010) en vigor desde 11-08-2010