Articulo 272 Ordenación d... Cantabria

Articulo 272 Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 272. Personas responsables.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. En las infracciones en materia de transformación, construcción, edificación y uso del suelo y el subsuelo serán responsables los propietarios de los terrenos, los promotores, los constructores de las obras y los técnicos autores del proyecto y directores de las obras.

2. En las infracciones derivadas de una licencia u orden de ejecución ilegal serán responsables los facultativos que hubiesen informado favorablemente el proyecto.

También serán responsables las autoridades que hubieran otorgado o dictado una licencia u orden de ejecución ilegales y, en su caso, los miembros de la Corporación que hubiesen votado a favor, sin los informes previos exigibles o cuando estos fueren desfavorables.

3. En las infracciones en materia de segregaciones o parcelaciones, serán responsables los propietarios iniciales y los promotores de la actividad o agentes que hubieran intervenido como intermediarios y los técnicos autores del proyecto.

4. En las infracciones consistentes en el incumplimiento por las empresas suministradoras de servicios de obligaciones legales propias de esta ley, serán responsables dichas empresas.

5. En las infracciones del deber de conservación, serán responsables los propietarios. No obstante, en las infracciones relativas al deber de cumplimentar o presentar el informe de evaluación de edificios, será responsable el propietario o, tratándose de una comunidad de propietarios o agrupación de comunidades del edificio o complejo inmobiliario, aquellos propietarios integrantes de la misma que sean responsables por acción u omisión de tal incumplimiento.

6. En el resto de las infracciones de omisión, será responsable aquel que hubiera debido realizar la actividad por razón de su cargo, oficio o título.

7. Las sanciones que se impongan a distintos sujetos por una misma infracción lo son cada una de ellas a título propio y tendrán entre sí carácter independiente.

Modificaciones