Articulo 27 TR. Ley de ordenación del territorio
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»Artículo 27. Finalidad.
Vigente
Los Programas de Gestión Territorial son instrumentos de ejecución de la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón o de las Directrices de Ordenación Territorial, mediante la definición de las actuaciones concretas a realizar en un determinado ámbito territorial, sector o sectores y período de tiempo, así como de la forma de financiación y organización de las mismas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-11-2015 en vigor desde 21-11-2015