Articulo 27 TR. de la ley municipal y de régimen local
Artículo 27. Creación, adscripción y funciones.
27.1 Se crea la Comisión de Delimitación Territorial como órgano de estudio, consulta y propuesta, en relación con las materias que afectan a la determinación, la revisión y la modificación de los límites territoriales de los entes locales de Cataluña y de las demarcaciones en que se estructura la Administración de la Generalidad.
27.2 La Comisión se adscribe orgánicamente al Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales.
27.3 Son funciones de la Comisión:
Emitir informe en todos los expedientes de alteración de límites municipales.
Elaborar, a petición del Gobierno de la Generalidad, los estudios y las propuestas de revisión para proceder a la aplicación de lo que establecen los artículos 20 y 22.
Elaborar, a iniciativa propia o a petición del Gobierno de la Generalidad o del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, estudios o informes sobre la revisión o la modificación de los límites territoriales.
Las otras que le atribuyan las leyes.
- Texto Original. Publicado el 20-05-2003 en vigor desde 21-05-2003