Articulo 27 Renta Extremeña Garantizada
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»Artículo 27. Procedimiento sancionador.
Vigente
La normativa de aplicación en la tramitación de los procedimientos sancionadores será la establecida por el Reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos por la Comunidad Autónoma de Extremadura o norma que lo sustituya, así como la establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-02-2019 en vigor desde 26-06-2019