Articulo 27 Reglamento de...al General

Articulo 27 Reglamento de Procedimiento del Tribunal General

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Artículo 27. Designación de un nuevo Juez Ponente y reatribución de un asunto

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1. En caso de impedimento del Juez Ponente, el Presidente de la Sala competente advertirá de ello al Presidente del Tribunal General, que designará un nuevo Juez Ponente. Si este último no está adscrito a la Sala a la que el asunto se atribuyó inicialmente, dicho asunto será juzgado por la Sala a la que pertenezca el nuevo Juez Ponente.

2. Para tener en cuenta la conexidad de objeto de ciertos asuntos, el Presidente del Tribunal General podrá reatribuir los asuntos, mediante decisión motivada y tras consultar a los Jueces Ponentes afectados, a fin de permitir que sea un mismo Juez Ponente quien instruya todos los asuntos de que se trate. Si el Juez Ponente al que se han reatribuido los asuntos no forma parte de la Sala a la que estos se atribuyeron inicialmente, los asuntos serán juzgados por la Sala a la que pertenezca el nuevo Juez Ponente.

3. En interés de una buena administración de la justicia y con carácter excepcional, el Presidente del Tribunal General podrá designar otro Juez Ponente, mediante decisión motivada y tras consultar a los Jueces afectados, antes de la presentación del informe preliminar contemplado en el artículo 87. Si el nuevo Juez Ponente no está adscrito a la Sala a la que el asunto se atribuyó inicialmente, dicho asunto será juzgado por la Sala a la que pertenezca el nuevo Juez Ponente.

4. Antes de proceder a las designaciones contempladas en los apartados 1 a 3, el Presidente del Tribunal General recabará las observaciones de los Presidentes de las Salas afectadas.

5. En caso de nueva composición de las Salas, a raíz de una decisión del Tribunal General sobre la adscripción de los Jueces a las Salas, el asunto será juzgado por la Sala a la que pertenezca el Juez Ponente tras esta decisión, si aún no se ha iniciado la fase de deliberación del asunto o no se ha abierto la fase oral del procedimiento.

6. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 5, cuando un asunto se refiera a una materia específica en el sentido del artículo 25 y no se haya declarado terminada la fase escrita del procedimiento en el momento de la adopción de la decisión del Tribunal General sobre la adscripción de los Jueces a las Salas, se designará un nuevo Juez Ponente en una Sala que conozca de dicha materia si el Juez Ponente inicial es adscrito a una Sala que no conozca de ella.

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