Articulo 27 Presupuestos ...de Euskadi

Articulo 27 Presupuestos Generales para 2022 de Euskadi

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 27.- Programa multidepartamental.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1.- Los créditos generados de conformidad con lo previsto en el artículo anterior serán habilitados por el Departamento de Economía y Hacienda en el programa 1228, «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», de la sección presupuestaria, del presupuesto del organismo autónomo o del presupuesto del consorcio del sector público correspondiente. La dotación de dicho programa será financiada con cargo a las transferencias y aportaciones de la Administración del Estado o de la Unión Europea derivadas de los fondos vinculados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

2.- Las dotaciones presupuestarias del citado programa incluirán, con la clasificación orgánica y económica que determine el Departamento de Economía y Hacienda, los créditos de pago y, en su caso, de compromiso que procedan, destinados a financiar las actuaciones y proyectos vinculados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

3.- Este programa se podrá dotar adicionalmente con fondos propios, siempre que tengan por objeto cofinanciar o complementar las actuaciones y proyectos vinculados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.