Articulo 27 Presupuestos 2024 I. Balears
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»Artículo 27. Reducción voluntaria de jornada
Vigente
1. Hasta el 31 de diciembre de 2024, el personal funcionario y laboral fijo de servicios generales podrá solicitar la reducción de jornada, hasta un máximo de un tercio, con la correspondiente reducción proporcional de retribuciones, siempre que no afecte a las necesidades del servicio, apreciadas mediante una resolución motivada del órgano competente.
2. La concesión de dicha reducción, que será discrecional, no presupondrá la autorización para contratar o nombrar personal temporal sustituto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2023 en vigor desde 01-01-2024