Articulo 27 Presupuestos 2012 C León

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Artículo 27.º De las aportaciones a las sociedades de garantía recíproca.

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La Administración General de la Comunidad y, en su caso, la Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León podrán realizar aportaciones a las sociedades de garantía recíproca que tengan su domicilio social en el territorio de la Comunidad, de forma genérica o mediante la prestación de fianzas a cuenta de los socios partícipes, con comunicación en todo caso a las Cortes de Castilla y León.