Articulo 27 Ordenacion de... Carretera

Articulo 27 Ordenacion del Transporte por Carretera

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Artículo 27.- Libro de Reclamaciones.

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Las reclamaciones de los usuarios de los transportes por carretera se someten a lo establecido por la legislación de consumidores y usuarios, sin perjuicio de las especialidades que establezca el reglamento de desarrollo de la presente ley y de la competencia de la Administración de transportes correspondiente.