Articulo 27 Normas para la aplicación de las tasas y precios
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»Artículo 27. Ejercicio de la potestad sancionadora.
Vigente
El ejercicio de la potestad sancionadora en materia de tasas se desarrollará de acuerdo con lo establecido en la Ley general tributaria y su normativa de desarrollo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-04-2005 en vigor desde 04-05-2005