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Articulo 27 Montes y Gestión Forestal Sostenible

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Artículo 27. Estadística forestal de Castilla-La Mancha.

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1. A partir de la información de la estadística forestal española, la Administración regional se dotará de la estadística forestal de Castilla-La Mancha, que incluirá, en correspondencia con aquélla, al menos las siguientes materias:

a) El Inventario forestal regional y su correspondiente Mapa forestal.

b) El Inventario regional de erosión de suelos.

c) Las actividades forestales más relevantes.

d) Relación de montes ordenados.

e) Producción forestal y actividades industriales forestales.

f) Incendios forestales.

g) Caracterización del territorio forestal incluido en la Red Natura 2000.

h) Otras informaciones relativas a la diversidad biológica de los montes de la región, al estado de conservación de los principales ecosistemas forestales y efectos del cambio climático en los mismos, a la interacción de los montes y el medio ambiente, a la percepción social de los montes, y a otras que en el futuro puedan resultar de interés forestal.

2. El Inventario forestal, el Mapa forestal y el Inventario de erosión de suelos se mantendrán con carácter continuo y una periodicidad de actualización al menos decenal.

3. La información recogida en los inventarios, así como el contenido de la estadística forestal tendrá carácter público, siendo aplicable la normativa de acceso a la información medioambiental.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-06-2008 en vigor desde 13-07-2008