Articulo 27 Memoria histó...xtremadura

Articulo 27 Memoria histórica y democrática de Extremadura

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Artículo 27. Destino de los elementos que ensalcen la Dictadura franquista.

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Los objetos y símbolos retirados podrán depositarse en el Instituto de la Memoria Histórica de Extremadura una vez que se cree o en el organismo que la Junta de Extremadura determine transitoriamente, garantizando el cese de su exhibición pública.