Articulo 27 Medidas tributarias 2006 Aragón
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»Artículo 27. -Modificación del plazo de interposición del recurso de reposición.
Vigente
(DEROGADO)
Se modifica el apartado 1 del artículo 6 de la Ley 1/1998, de 16 de febrero, sobre reclamaciones tributarias en la Comunidad Autónoma de Aragón, con la siguiente redacción.
«1. El plazo de interposición del recurso de reposición será de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto recurrible o del siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
En las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, el plazo se computará a partir del día siguiente al de finalización del período voluntario de pago.»
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 13/2009, de 30 de diciembre, de Medidas Tributarias de la Comunidad Autonoma de Aragon.
(BOA de 31-12-2009) en vigor desde 01-01-2010