Articulo 27 Medidas fisca...e Cataluña

Articulo 27 Medidas fiscales y administrativas 2002 de Cataluña

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Artículo 27. Adición de un nuevo título XV a la Ley 15/1997

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(DEROGADO)

Se añade un título XV a la Ley 15/1997, con el siguiente texto:

"Título XV. Tasas del Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información

"Capítulo único. Tasa por la prestación de servicios por parte de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario Catalán

"Artículo 412. Hecho imponible

"Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación que efectúa la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario Catalán de las actividades o servicios que se consignan en el artículo 415.

"Artículo 413. Sujeto pasivo

"Son sujetos pasivos de la tasa las personas que solicitan la emisión de los informes que constituyen el hecho imponible.

"Artículo 414. Acreditación

"La tasa se acredita mediante la realización del hecho imponible, pero puede ser exigida en el momento en que se solicita el servicio.

"Artículo 415. Cuota

"El importe de la cuota es:

"1. Emisión de los informes pertinentes para la contratación de profesorado lector y de profesorado colaborador: 10 euros

"2. Emisión de las acreditaciones de investigación, para acceder a la categoría de profesorado agregado, o de investigación avanzada, para acceder a la categoría de catedrático o catedrática: 24 euros

"3. La evaluación de la actividad desarrollada por los investigadores: 24 euros

"4. La evaluación de la actividad investigadora del personal docente e investigador de las universidades privadas: 24 euros"