Articulo 27 Mediación familiar de C León
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Artículo 27. Graduación de las sanciones.

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Para la graduación de las sanciones aplicables se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

  1. El grado de intencionalidad de la acción.

  2. La gravedad del riesgo o perjuicio causado.

  3. La medida en que el incumplimiento haya afectado a los intereses de menores, personas con discapacidad o personas mayores dependientes.

  4. El número de personas afectadas por la infracción.

  5. El incumplimiento de advertencias y requerimientos previos.

  6. La reincidencia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-04-2006 en vigor desde 19-10-2006