Articulo 27 Desarrollo y ...el turismo

Articulo 27 Desarrollo y modernización del turismo

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Artículo 27. Actuaciones promocionales.

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Las actuaciones promocionales comprenderán.

a) El diseño, la planificación y la ejecución de campañas de promoción turística de Extremadura.

b) La participación en ferias y certámenes relacionados con el sector turístico.

c) Organización y participación en jornadas de comercialización.

d) Elaboración de material promocional y publicitario.

e) La utilización de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos necesarios para el desarrollo de la actividad turística.

f) La concertación de acciones conjuntas de promoción turística con otras Comunidades Autónomas, con la Administración General del Estado y con las Administraciones de otros Estados, en especial con la República Portuguesa.

g) Cualquier otro tipo de actividad promocional encaminada a la consecución de los objetivos de promoción.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-02-2011 en vigor desde 02-08-2011