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Articulo 27 Consejo consultivo de Extremadura -Derogada-

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Artículo 27. De los medios.

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El Consejo Consultivo elaborará el anteproyecto de su presupuesto que se incorporará como sección propia al Anteproyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

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  • Texto Original. Publicado el 03-01-2002 en vigor desde 04-01-2002