Articulo 27 Consejo consultivo de Extremadura -Derogada-
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»Artículo 27. De los medios.
Vigente
El Consejo Consultivo elaborará el anteproyecto de su presupuesto que se incorporará como sección propia al Anteproyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-01-2002 en vigor desde 04-01-2002