Articulo 27 Ciencia, tecn...e La Rioja

Articulo 27 Ciencia, tecnología e innovación de La Rioja

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Artículo 27. Órganos competentes del Sistema Riojano de Ciencia Tecnología e Innovación.

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Sin perjuicio de las competencias que, con carácter general, tienen atribuidas los distintos órganos y entidades públicas de la Comunidad Autónoma, son órganos competentes del Sistema Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación los siguientes:

a) El Gobierno de La Rioja, fundamentalmente a través de la consejería competente en materia de ciencia, tecnología e innovación.

b) La Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación.

c) El Consejo Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-04-2023 en vigor desde 26-04-2023