Artículo 27 bis Agencia tributaria
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 27 bis.- Oferta de empleo público.
Vigente
1. La Agencia Tributaria Canaria elaborará la propuesta de oferta de empleo público, que comprenderá el total de los puestos con asignación presupuestaria, tanto de adscripción exclusiva como de adscripción no exclusiva, que deban proveerse con personal de nuevo ingreso, tanto de promoción interna como de turno libre, y será aprobada por el Gobierno, a propuesta de la consejería competente en materia de función pública.
2. La oferta de empleo público de la Agencia Tributaria Canaria se podrá aprobar conjunta o separadamente de la del resto de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Modificaciones
- Modificación realizada (27 bis (se añade)) por LEY 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018.
(BOC de 30-12-2017) en vigor desde 01-01-2018 - Texto Original. Publicado el 07-08-2014 en vigor desde 01-01-2018