Articulo 27 Básica de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación
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Artículo 27. Presidente.

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El presidente ostentará la representación de la Cámara, la presidencia de todos sus órganos colegiados y será responsable de la ejecución de sus acuerdos.

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  • Texto Original. Publicado el 02-04-2014 en vigor desde 03-04-2014